Uber no aumentará el costo de sus viajes por impuesto digital

 

Luego de que diferentes plataformas como Netlix, Playstation y otras más, anunciaran el incremento en sus tarifas por la entrada en vigor del impuesto digital en México a partir de junio, Uber anunció que mantendrá el costo de su servicio para los usuarios.

La información fue difundida por el portal Hipertextual quienes contactaron a Uber México para conocer su posición.

Según, un portavoz explicó que las nuevas disposiciones fiscales no significarán un incremento en los precios de los viajes, aunque este impuesto será absorbido por los conductores de la plataforma. A continuación se replica parte de la entrevista publicada por el sitio:

“Las nuevas disposiciones fiscales, derivadas de la Iniciativa de Reforma Fiscal presentada por el Ejecutivo Federal y aprobadas por el Congreso a finales del año pasado, las cuales entran en vigor el próximo 1 de junio, no significarán un aumento en los precios a usuarios en los viajes realizados a través de la aplicación de Uber.

Por otro lado, como parte de las disposiciones establecidas en la Reforma Fiscal y como hemos hecho cada mes desde junio de 2019, Uber continuará haciendo el cálculo, retención y pago directamente al SAT del importe de ISR e IVA que le corresponde pagar a todos los socios conductores y socios repartidores registrados en la plataforma, sin que Uber reciba ni retenga alguna ganancia económica por ello.

Finalmente, los socios conductores estarán sujetos al pago de Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre la tasa de servicio, con un valor variable desde 0.16% y hasta 6.8%, de la tarifa de cada viaje realizado a través de la aplicación de Uber.”

Con esta medida el usuario que haga uso del servicio seguirá pagando lo mismo, sin embargo, según se aclara, será el chofer quien pague un impuesto por viaje el cual será variable, el cual le será retenido por la plataforma para a final de mes entregarlo al SAT.

El decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2019, establece otra serie de medidas que deberán seguir. Las empresas deberán inscribirse en el RFC, contar con un domicilio y representante legal en México y proporcionar al SAT la información sobre el número de servicios u operaciones realizadas cada mes, entre otras obligaciones que establece el Artículo 18-D.

 

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